En base al inciso segundo del artículo 1° de la Ley 20.609, se establece la obligatoriedad de los Órganos del Estado dentro de sus competencias de garantizar el goce y ejercicio de sus derechos y libertades garantizadas por la Constitución a toda la ciudadanía sin discriminaciones arbitrarias. Se establece qué supone una discriminación arbitraria y los mecanismos para responder a un caso tal por parte de algún funcionario de esa institución, así como iniciativas para prevenir la discriminación.